Obligatorio en digital desde el 5 de octubre de 2026

Documento electrónico de control administrativo

El papel deja de valer. A partir del 5 de octubre, el documento de control que acompaña a cada envío de transporte público de mercancías por carretera tiene que ser electrónico, estar depositado en un repositorio y llevar un código QR desde el que la inspección pueda descargarlo en el arcén. Aquí lo emites en un par de minutos.

Sin registro previo, sin certificación y sin darte de alta en ninguna plataforma: la norma no exige nada de eso, y más abajo se explica por qué.

Emitir un DeCA

Qué cambia exactamente

Nada del contenido: todo del soporte. La disposición transitoria octava de la Ley 9/2025, de 3 de diciembre, de Movilidad Sostenible obliga a que el documento de control de mercancías y la hoja de ruta de viajeros sean «necesariamente digitales» a los diez meses de su entrada en vigor. Esos diez meses vencen el 5 de octubre de 2026.

La digitalización no modifica la Orden FOM/2861/2012, que es la que dice quién hace el documento y qué lleva dentro. Quien no tenía que emitirlo sigue sin tener que emitirlo. Quien lo hacía en papel, ahora lo hace en electrónico. Ni un obligado más, ni un dato más.

Las características técnicas están en la Resolución de 5 de junio de 2026 de la Dirección General de Transporte por Carretera y Ferrocarril (BOE núm. 143, de 12 de junio), que sustituye a la de 22 de mayo de 2023.

A quién obliga

Solo al transporte público de mercancías por carretera interior —nacional y cabotaje— y al transporte público de viajeros. Queda fuera:

  • El transporte internacional. Usa los documentos de control de los convenios suscritos por España. Si haces internacional, lo tuyo es la carta de porte CMR, no el DeCA, y el CMR electrónico sigue sin ser obligatorio.
  • El transporte privado complementario. Quien mueve mercancía propia no emite DeCA, aunque sí debe poder acreditar a bordo lo que pide el artículo 102.2 de la LOTT: que la mercancía es suya o parte de su actividad, y que el vehículo y el conductor están integrados en la empresa.
  • Los transportes que no requieren título habilitante.
  • Las mudanzas.
  • Los vehículos accidentados o averiados trasladados en vehículos especiales.
  • La paquetería y el reparto de «un reducido número de bultos que puedan ser fácilmente manipulados por una persona».

Y una cosa que sorprende a mucha gente: la norma no dice quién lo emite. Obliga a los dos —cargador contractual y transportista efectivo— a formalizarlo, y hace a los dos responsables de que vaya a bordo, salvo que el cargador pruebe que lo emitió. En una subcontratación los papeles se reparten por posición: si el transportista A subcontrata al B, el B es el transportista efectivo y el A pasa a ser cargador contractual.

Cinco cosas que se están diciendo y no son verdad

«Hay que registrarse en una plataforma del Ministerio»
No. El DeCA no es una aplicación del Ministerio y no hay que subir ningún documento a ninguna parte. Cada empresa usa la aplicación que quiera, propia o contratada.
«Hay que registrar el dominio donde se guardan»
Ya no. Ese registro previo lo pedía la Resolución de 2023 y la de junio de 2026 lo eliminó. El dominio del repositorio puede ser cualquiera y no hay que comunicarlo.
«La aplicación tiene que estar certificada»
No. El propio Ministerio atribuye esta confusión a las plataformas eFTI, que son otra cosa y esas sí se certificarán.
«El DeCA hay que firmarlo»
No. Ninguna de las dos órdenes exige firma para su validez. Si se firma de forma voluntaria, tiene que ser firma avanzada (AdES) o cualificada (QES) del Reglamento eIDAS; una firma garabateada con el dedo en una app cualquiera no cumple.
«Desde octubre hace falta el eCMR»
No. El eCMR no es obligatorio. Lo que es obligatorio el 5 de octubre es el DeCA, y solo en transporte interior.

Qué se arriesga quien no lo lleve

Circular sin el documento de control, o con datos esenciales ausentes, es infracción grave del artículo 141.17 de la LOTT: «la carencia, falta de diligenciado o falta de datos esenciales de la documentación de control […] cuya cumplimentación resulte obligatoria».

De 401 a 600 €

Es la horquilla del artículo 143.1.d). Dos matices: la multa puede caer sobre las dos partes, porque ambas están obligadas a formalizar el documento; y a partir del 5 de octubre llevarlo en papel es lo mismo que no llevarlo, porque el único soporte válido es el electrónico.

No hay periodo de gracia. El Ministerio lo ha dejado por escrito: el periodo transitorio es el de la Ley de Movilidad Sostenible, ya consumido, y «no está prevista en las normas ninguna fase adicional, más allá del 5 de octubre, donde no se sancione la obligación de digitalización».

Emitir un DeCA

Los campos son los ocho del artículo 6 de la Orden FOM/2861/2012, en el mismo orden y con las mismas letras. Al emitirlo se genera el PDF, se deposita con su dirección propia y se te devuelve el enlace y el código QR que tiene que llevar el conductor.

Cargador contractual art. 6.a)

Quien contrata directamente el transporte: el cargador efectivo, otra empresa de transporte, una agencia, un transitario, un operador logístico…

Transportista efectivo art. 6.b)

El titular de la autorización a cuyo amparo se realiza materialmente el transporte.

Envíos art. 6.c) y 6.d)

Puedes agrupar varios envíos en un mismo documento siempre que el cargador contractual y el transportista efectivo sean los mismos en todos.

Transporte art. 6.e), 6.f) y 6.g)
Observaciones y reservas art. 6.h)

Solo si alguna de las partes pide que consten.

Cómo cumple este documento

Todo lo que sigue sale de la Resolución de 5 de junio de 2026, del apartado que se indica en cada línea:

  • PDF nativo digital, dibujado a partir de los datos y nunca escaneado, con fecha y hora de creación como metadato del fichero segundo.1 y 2
  • Código QR dentro del propio PDF con la dirección del documento segundo.3
  • Conservación de un año en el repositorio segundo.4
  • Dirección única por documento, con HTTPS y descarga directa, sin contraseña ni botones de por medio tercero
  • Creación anterior al inicio del servicio, con la hora puesta por el servidor y no por tu dispositivo primero.2
  • Agrupación de varios envíos cuando coinciden cargador y transportista sexto

Si comparas con otra herramienta, mira estos tres puntos: que el PDF se genere de forma nativa y no sea un escaneo, que la dirección descargue el documento de una sola vez sin pedir contraseña, y que el código QR vaya dentro del propio PDF. Son los tres que se miran en un control, y los que separan un DeCA válido de uno que parece correcto.